Pentateuco
Éxodo
- 1
Si un ladrón es sorprendido abriendo un boquete y es herido de muerte, no hay homicidio,
- 2
a no ser que ya hubiese salido el sol: entonces sí es homicidio. Un ladrón debe indemnizar: si no tiene nada, será vendido para pagar por lo que robó.
- 3
Si el buey, el asno o la oveja robados se hallan aún vivos en su poder, indemnizará con el doble.
- 4
Cuando alguien destroce un campo o una viña, dejando suelto su ganado en campo ajeno, indemnizará con lo mejor de su campo y lo mejor de su viña.
- 5
Cuando se desencadene un fuego y se propague por los zarzales, devorando las gavillas, las mieses o el campo, el causante del fuego deberá indemnizar.
- 6
Cuando alguien deje en custodia a su prójimo dinero u objetos y sean robados de casa de este, si se descubre al ladrón, pagará el doble;
- 7
y si no se descubre el ladrón, el dueño de la casa se presentará ante Dios y jurará que no ha tocado los bienes de su prójimo.
- 8
En cualquier caso delictivo en que uno reclame a otro un buey, un asno, una oveja, un vestido o un objeto extraviado, se llevará la causa ante Dios y aquel a quien Dios declare culpable pagará el doble a su prójimo.
- 9
Cuando uno deje en custodia a su prójimo un asno, un buey, una oveja o cualquier otro animal y este muera, se dañe o sea robado sin que haya testigos,
- 10
el depositario jurará por el Señor que no ha tocado el animal de su prójimo; el dueño del animal aceptará el juramento y no habrá restitución.
- 11
Pero si se lo han robado viéndolo él, entonces indemnizará a su dueño.
- 12
Si lo han descuartizado, traerá como prueba los despojos y no deberá indemnizar.
- 13
Cuando alguien pida en préstamo a su prójimo un animal y este se dañe o muera en ausencia de su dueño, deberá indemnizar.
- 14
Si el dueño estaba presente, no deberá indemnizar. Si lo había alquilado, solo se deberá el alquiler.
- 15
Cuando alguien seduzca a una muchacha soltera y se acueste con ella, deberá pagar la dote y tomarla por mujer.
- 16
Si el padre de la muchacha se niega a dársela, él pagará la dote que se da a las doncellas.
- 17
No dejarás con vida a una hechicera.
- 18
El que se acueste con bestias, es reo de muerte.
- 19
El que ofrezca sacrificios a los dioses —fuera del Señor— será exterminado.
- 20
No maltratarás ni oprimirás al emigrante, pues emigrantes fuisteis vosotros en la tierra de Egipto.
- 21
No explotarás a viudas ni a huérfanos.
- 22
Si los explotas y gritan a mí, yo escucharé su clamor,
- 23
se encenderá mi ira y os mataré a espada; vuestras mujeres quedarán viudas y vuestros hijos huérfanos.
- 24
Si prestas dinero a alguien de mi pueblo, a un pobre que habita contigo, no serás con él un usurero cargándole intereses.
- 25
Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás antes de ponerse el sol,
- 26
porque no tiene otro vestido para cubrir su cuerpo, ¿y dónde, si no, se va a acostar? Si grita a mí, yo lo escucharé, porque yo soy compasivo.
- 27
No blasfemarás contra Dios y no maldecirás a los jefes de tu pueblo.
- 28
No retrasarás la oferta de tu cosecha y de tu vendimia. Me darás el primogénito de tus hijos;
- 29
lo mismo harás con tus bueyes y tus ovejas: durante siete días quedará la cría con su madre, y el octavo día me la entregarás.
- 30
Sed santos para mí y no comáis carne de animal despedazado en el campo: echádsela a los perros.